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Las entidades colaboradores de adopción internacional son asociaciones o fundaciones legalmente constituidas, que actúan sin ánimo de lucro, en cuyos estatutos figura como fin la protección de menores y deben obtener la acreditación para intervenir en funciones de mediación en adopción internacional. Las adopciones internacionales pueden cursarse vía ECAI o por PROTOCOLO PÚBLICO (sin entidad mediadora). Es necesario revisar los requisitos de adopción en el país donde queremos adoptar, puesto que hay países en los que no se puede adoptar por una de estas vías.

Principales requisitos para su acreditación



· Que se trate de una asociación o fundación sin ánimo de lucro, constituida legalmente e inscrita en el registro correspondiente y que tenga como finalidad en sus Estatutos la protección de los menores.
 
· Que en su proyecto de actuación quede suficientemente garantizado el respeto a los principios y normas de la adopción internacional, y la debida intervención de su representante ante los organismos administrativos y judiciales competentes del Estado extranjero en el que va a efectuar su actuación.
 
· Que disponga de los medios materiales necesarios para el desarrollo de sus funciones.
 
· Que cuente con equipos multidisciplinares formados como mínimo por un licenciado en derecho, un psicólogo y un trabajador social, con experiencia en la acción social con niños, adolescentes y familias y que tengan conocimientos sobre las cuestiones relativas a la adopción internacional.
 
· Que tenga su sede social en territorio español y representación en el Estado extranjero para el que solicita la acreditación.
 
· Que contemple en sus Estatutos los principios y las bases según las cuales se hagan repercutir a los solicitantes de adopción los gastos derivados de la tramitación efectuada por la entidad de mediación
 
Cómo elegir ECAI
 
Para elegir la ECAI que mejor se ajuste a tus necesidades, es necesario revisar el listado de ECAIS acreditadas en tu Comunidad por países de acreditación y visitarlas; es necesario conocer los servicios que ofrecen, los honorarios y elegir aquella que más confianza nos demuestre. Si no hay ninguna ECAI en tu Comunidad Autónoma que tramite determinado país, puedes contactar con las ECAIS de otras Comunidades Autónomas y preguntarles el procedimiento a seguir.
 
A pesar de que en la solicitud inicial de adopción internacional te piden que digas con qué ECAI vas a tramitar, puede elegirse o cambiarse con posterioridad sin ningún problema.
 
Una vez obtenido el Certificado de Idoneidad la Administración Pública entregará a la ECAI el certificado de idoneidad y los informes psicosociales que lo acompañan.
 
A partir de este momento, la ECAI se responsabiliza de la mediación en el proceso de adopción y debe informar y asesorar a los solicitantes sobre la legislación del país de origen, documentación necesaria, legalización de la misma, proceso y presupuesto económico, tiempo de espera, características de los menores, viaje y tiempo de estancia, modo de resolución, validez de la adopción y actividades de preparación para los futuros padres.
 
La ECAI ayudará a las familias a obtener la documentación exigida por el país al que va dirigida la solicitud de adopción y realizará los trámites necesarios para su legalización y autenticación ante las autoridades pertinentes. Una vez finalizado el expediente, lo remitirá al organismo competente en el país de origen del menor, asegurándose de su recepción y registro.
 
Tras la aprobación del expediente por parte del país origen de los niños, la ECAI recibirá la preasignación. Esta debe ser traducida (si fuera necesario) y presentada ante la Comunidad Autónoma y la familia. Finalmente debe ayudar a los adoptantes en la preparación del viaje de recogida y gestionará los trámites necesarios para la formalización jurídica o administrativa de la adopción, así como el registro y la entrada del menor en España.
 
Si quieres saber las ECAIS acreditadas en la Comunidad Valenciana, pulsa aquí.
 
Si quieres saber las ECAIS acreditadas a nivel nacional, pulsa aqui
 
Si quieres descargarte el formulario de reclamación, pulsa aqui
 

Para saber más, visita la web de la Consellería de Bienestar Social

Adopción Internacional: ¿Protocolo Público (PP) o por ECAI?

Otro de los dilemas a los que se enfrentan aquellos que deciden tramitar una adopción internacional, es si tramitan libre (a través de la administración pública) o si tramitan por ECAI (enlace a ECAI). Una ECAI es una entidad colaboradora de adopción internacional.

El primer paso que debes dar es informarte si el país que has elegido permite la tramitación por ambas vías, si no es así… ¡un problema menos! Te ahorras el dilema de elegir. No hay una regla concreta; muchos países tramitan únicamente por libre, muchos más por ambas vías y muchos otros por ECAI.

Comentamos a grandes rasgos cómo se tramita por cada una de estas vías;

Trámite por libre, también llamado por Protocolo Público (PP).

Para poder tramitar un expediente por libre, lo primero que hay que hacer es saber que el país de procedencia del menor así lo permite y posteriormente hay que obtener toda la información necesaria sobre cómo será el proceso de adopción.

Una vez conseguido el certificado de idoneidad, hay que informarse de todos los documentos que necesitas para tramitar en el país elegido, hay que recopilar y legalizar toda la documentación pertinente. En la Comunidad Valenciana, la Consellería te hará llegar a casa junto con la resolución de la idoneidad, un papel con toda la documentación y legalización que debes aportar. Aún así, en la página de CORA, encontrarás toda la información que necesitas sobre legalización y apostilla de documentos, en caso de que sea necesario.

La entrega del expediente en el país de origen dependerá de los trámites de cada país. En algunos casos, será el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales español quién se encargará de depositar el expediente en el organismo competente a través de mensajero o vía valija diplomática o bien la familia deberá designar y apoderar un abogado privado que se encargará de la tramitación del expediente.

Los únicos costes a asumir por la familia serán los trámites para la legalización de los documentos, los sellos de los mismos, si los hubiera y los gastos de traducción.

Una vez resuelto el expediente según el procedimiento de cada país, los solicitantes organizarán por su cuenta el viaje de recogida del menor, la estancia y la formalización de los trámites jurídicos o administrativos de la adopción. Este punto no debe asustar a nadie, las asociaciones de padres adoptivos de cada provincia, las asociaciones de cada país en concreto, asesorías, agencias de viajes especializadas en adopción pueden ayudarte a gestionar tu viaje o incluso gestionártelo incluso ofrecerte la posibilidad de que viajes con otras familias. También te organizan todos los trámites en el país al que vayas a recoger al menor.

Una vez de vuelta en casa, los ya padres, tienen que comunicar la entrada en España del menor y realizar el seguimiento post-adoptivo, tal y como se indique en los requisitos del país, a través de los servicios sociales establecidos por su Comunidad Autónoma, en este caso, la Consellería de Bienestar Social.


Trámite por ECAI

La definición de ECAIS (entidades colaboradoras de adopción internacional) es la siguiente: "las ECAIS son asociaciones o fundaciones sin ánimo de lucro, legalmente constituidas, en cuyos estatutos figure como fin la protección de los menores y (...) con la correspondiente acreditación (...) para intervenir en funciones de mediación de adopción internacional".

Las ECAIS acreditadas en las distintas Comunidades Autónomas, deben también estar habilitadas por las Autoridades competentes del país origen de los menores. Tienen que conocer la legislación en materia de adopción internacional, tanto de España como del país extranjero para el que está acreditada, comprobar que no existe compensación económica por la formalización de la adopción, informar a la Comunidad Autónoma de cuantas incidencias se produzcan, someterse a una Auditoría anual y contar con un equipo multidisciplinar de profesionales preparados para afrontar los trámites de adopción.

Para elegir la ECAI que mejor se ajuste a tus necesidades, es necesario revisar el listado de ECAISacreditadas en tu Comunidad por países de acreditación y visitarlas; es necesario conocer los servicios que ofrecen, los honorarios y elegir aquella que más confianza nos demuestre. Si no hay ninguna ECAI en tu Comunidad Autónoma que tramite determinado país, puedes contactar con las ECAIS de otras Comunidades Autónomas y preguntarles el procedimiento a seguir.

A pesar de que en la solicitud inicial de adopción internacional te piden que digas con qué ECAI vas a tramitar, puede elegirse o cambiarse con posterioridad sin ningún problema.

Una vez obtenido el Certificado de Idoneidad la Administración Pública entregará a la ECAI el certificado de idoneidad y los informes psicosociales que lo acompañan.

A partir de este momento, la ECAI se responsabiliza de la mediación en el proceso de adopción y debe informar y asesorar a los solicitantes sobre la legislación del país de origen, documentación necesaria, legalización de la misma, proceso y presupuesto económico, tiempo de espera, características de los menores, viaje y tiempo de estancia, modo de resolución, validez de la adopción y actividades de preparación para los futuros padres.

La ECAI ayudará a las familias a obtener la documentación exigida por el país al que va dirigida la solicitud de adopción y realizará los trámites necesarios para su legalización y autenticación ante las autoridades pertinentes. Una vez finalizado el expediente, lo remitirá al organismo competente en el país de origen del menor, asegurándose de su recepción y registro.

Tras la aprobación del expediente por parte del país origen de los niños, la ECAI recibirá la preasignación. Esta debe ser traducida (si fuera necesario) y presentada ante la Comunidad Autónoma y la familia. Finalmente debe ayudar a los adoptantes en la preparación del viaje de recogida y gestionará los trámites necesarios para la formalización jurídica o administrativa de la adopción, así como el registro y la entrada del menor en España.


Estas son, principalmente, las principales diferencias entre tramitar por libre o por ECAI. Es una opción muy personal.

Para saber más sobre las ECAI, visita el apartado correspondiente dentro de adopción internacional.

El primer paso que deben dar las personas que se están planteando la posibilidad de adoptar, es conseguir toda la información que precisen del organismo encargado de las adopciones en la Comunidad Autónoma de residencia.

 
En la Comunidad Valenciana, de manera previa a la presentación de la solicitud, la Consellería de Bienestar Social ofrece a todo aquél que esté interesado en la adopción, con una periodicidad quincenal, unas Sesiones Informativas que aportan información actualizada tanto sobre adopción nacional como internacional.

 
Para contactar con la Dirección Territorial que te corresponde según tu domicilio, visita el apartado de dónde dirigirse. Para saber cuándo será la próxima sesión, sólo tienes que llamar a la Dirección Territorial que te corresponda.
El primer paso para comenzar una adopción, sea nacional o internacional, es rellenar los formularios de solicitud y presentarlos en el Registro, en Consellería o en tu Ayuntamiento.

 
Los FORMULARIOS te los entregarán en las charlas informativas pero también puedes descargarlos desde los enlaces que te proponemos más abajo.

 
En el caso de Adopción Internacional los documentos a presentar para presentar la solicitud son los siguientes:

 
Cuestionario inicial de Adopción Internacional. Para descargar el documento pincha aquí.

 
Solicitud de Adopción Internacional. Para descargar el documento pincha aquí.

 
Declaración Jurada de no estar incurso en causa penal ni privado del ejercicio de la patria potestad. Para descargar el documento pulsa aquí.

 
 
Junto con estos tres documentos hay que presentar:
 
Copia compulsada del DNI de los solicitantes. Haz la fotocopia de los documentos y te los compulsan en el registro.
 
Una fotografía de carné del o de los solicitantes. Es conveniente poner el nombre detrás.
 
Certificado de empadronamiento. Se solicita en el ayuntamiento donde estés empadronado.
 
Certificado de matrimonio. 
 
Fotocopia compulsada del libro de familia. 
 
En el Registro Civil del lugar donde  se produjera el matrimonio.
 
Fotocopia compulsada de un documento que acredite la cobertura sanitaria. Haz la fotocopia y te la compulsan en el registro.
 
En Alicante, todos los documentos se deben presentar en el Registro o en el Ayuntamiento de tu localidad. La dirección del Registro está en el apartado dónde dirigirse.
 
Si olvidas entregar alguna documentación, puedes aportarla con posterioridad. Probablemente te llegue una carta de Consellería en la que te soliciten dicha documentación que falte.
 
Una vez presentada toda la documentación, debes esperar a que te llamen para empezar los cursos de formación que te llevarán directamente a conseguir e lCertificado de idoneidad. Visita el apartado para saber más sobre él.

En la adopción internacional y a grandes rasgos, el procedimiento a seguir es el siguiente:

Acudir a la charla informativa que imparte la Consellería de Bienestar Social, presentar la solicitud de adppción internacional, asistir a los cursillos de formación, entrevistas, visita domiciliaria, obtención del CI y envío de documentos al país (a través de protocolo público o ECAI, según corresponda).


Visita todos los enlaces correspondientes en la página y así sabrás con más detalle cómo realizar cada pasito del proceso.

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