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ECAIs

Las entidades colaboradores de adopción internacional son asociaciones o fundaciones legalmente constituidas, que actúan sin ánimo de lucro, en cuyos estatutos figura como fin la protección de menores y deben obtener la acreditación para intervenir en funciones de mediación en adopción internacional. Las adopciones internacionales pueden cursarse vía ECAI o por PROTOCOLO PÚBLICO (sin entidad mediadora). Es necesario revisar los requisitos de adopción en el país donde queremos adoptar, puesto que hay países en los que no se puede adoptar por una de estas vías.

Principales requisitos para su acreditación



· Que se trate de una asociación o fundación sin ánimo de lucro, constituida legalmente e inscrita en el registro correspondiente y que tenga como finalidad en sus Estatutos la protección de los menores.
 
· Que en su proyecto de actuación quede suficientemente garantizado el respeto a los principios y normas de la adopción internacional, y la debida intervención de su representante ante los organismos administrativos y judiciales competentes del Estado extranjero en el que va a efectuar su actuación.
 
· Que disponga de los medios materiales necesarios para el desarrollo de sus funciones.
 
· Que cuente con equipos multidisciplinares formados como mínimo por un licenciado en derecho, un psicólogo y un trabajador social, con experiencia en la acción social con niños, adolescentes y familias y que tengan conocimientos sobre las cuestiones relativas a la adopción internacional.
 
· Que tenga su sede social en territorio español y representación en el Estado extranjero para el que solicita la acreditación.
 
· Que contemple en sus Estatutos los principios y las bases según las cuales se hagan repercutir a los solicitantes de adopción los gastos derivados de la tramitación efectuada por la entidad de mediación
 
Cómo elegir ECAI
 
Para elegir la ECAI que mejor se ajuste a tus necesidades, es necesario revisar el listado de ECAIS acreditadas en tu Comunidad por países de acreditación y visitarlas; es necesario conocer los servicios que ofrecen, los honorarios y elegir aquella que más confianza nos demuestre. Si no hay ninguna ECAI en tu Comunidad Autónoma que tramite determinado país, puedes contactar con las ECAIS de otras Comunidades Autónomas y preguntarles el procedimiento a seguir.
 
A pesar de que en la solicitud inicial de adopción internacional te piden que digas con qué ECAI vas a tramitar, puede elegirse o cambiarse con posterioridad sin ningún problema.
 
Una vez obtenido el Certificado de Idoneidad la Administración Pública entregará a la ECAI el certificado de idoneidad y los informes psicosociales que lo acompañan.
 
A partir de este momento, la ECAI se responsabiliza de la mediación en el proceso de adopción y debe informar y asesorar a los solicitantes sobre la legislación del país de origen, documentación necesaria, legalización de la misma, proceso y presupuesto económico, tiempo de espera, características de los menores, viaje y tiempo de estancia, modo de resolución, validez de la adopción y actividades de preparación para los futuros padres.
 
La ECAI ayudará a las familias a obtener la documentación exigida por el país al que va dirigida la solicitud de adopción y realizará los trámites necesarios para su legalización y autenticación ante las autoridades pertinentes. Una vez finalizado el expediente, lo remitirá al organismo competente en el país de origen del menor, asegurándose de su recepción y registro.
 
Tras la aprobación del expediente por parte del país origen de los niños, la ECAI recibirá la preasignación. Esta debe ser traducida (si fuera necesario) y presentada ante la Comunidad Autónoma y la familia. Finalmente debe ayudar a los adoptantes en la preparación del viaje de recogida y gestionará los trámites necesarios para la formalización jurídica o administrativa de la adopción, así como el registro y la entrada del menor en España.
 
Si quieres saber las ECAIS acreditadas en la Comunidad Valenciana, pulsa aquí.
 
Si quieres saber las ECAIS acreditadas a nivel nacional, pulsa aqui
 
Si quieres descargarte el formulario de reclamación, pulsa aqui
 

Para saber más, visita la web de la Consellería de Bienestar Social

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